Campaña #PelaElOjoPanamá

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El Tribunal Electoral, sin responder a la solicitud que le hiciéramos días atrás de recibirnos para explicar la campaña #PelaElOjoPanamá, y  sin comunicarse formalmente con nosotros, ha procedido a quitar las vallas que con tanto esfuerzo hemos colocado.

Somos un movimiento ciudadano, no un partido político por lo cual, en calidad de ONG, no estamos incluidos dentro de la definición de campaña política que estableció el propio Tribunal Electoral.

Nuestro movimiento se ha caracterizado por su seriedad y siempre hemos observado la ley en todas nuestras actuaciones, por lo cual, antes de lanzar esta campaña cívica,  realizamos las debidas  consultas legales, las que se han basado en el Capítulo III del Código Electoral sobre lo que se considera propaganda política y a quiénes aplica.  Adicionalmente, ya existe un fallo del Tribunal Electoral del 2009 (adjunto) sobre una situación similar.

Nuestra campaña #PelaElOjoPanamá, reiteramos, primeramente es una campaña cívica llamando a la atención ciudadana; segundo, no pide el voto para nadie en específico y;  tercero, tampoco  está enfocada en un Partido Político ni en un candidato en particular. 

Consideramos que esta acción viola nuestro derecho a la libre expresión consagrado en el Artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos que establece que: 

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

 

Definición de Propaganda Electoral

 

Fallo del Tribunal Electoral del 2009 sobre una situación similar.

 


Foto: Tribunal Electoral (cuenta de twitter)


 


Foto: Periodista Viola Guevara (Telemetro)